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Apr
12
2023
Determinacion del Valor Comercial para Productos Perecederos

Determinación del Valor comercial aduanal para los Productos perecederos

Estimados Clientes,

 

El 16 de marzo de 2023, CBP emitió una Publicación de Cumplimiento Informado sobre la Determinación del Valor comercial aduanal para los Productos perecederos, para aclarar cómo los productos perecederos deben cumplir con la Base de Tasación requerida de conformidad con § 152.101.

 

Todas las mercancías importadas en EE.UU. están sujetas a tasación, por orden de precedencia, mediante los siguientes métodos:

 

(1) El valor de transacción previsto en § 152.103;

(2) El valor de transacción de mercancías idénticas previsto en § 152.104;

(3) El valor de transacción de mercancías similares previsto en § 152.104;

(4) El valor deducible previsto en § 152.105;

(5) el valor calculado previsto en § 152.106; o

(6) El valor previsto en el § 152.107, (método alternativo).

 

A continuación,  un resumen sobre la publicación realizada por CBP,  que puede encontrar anexa en este correo para mayor información.

 

Valor de transacción: Para que el valor de transacción pueda utilizarse como método de evaluación es necesaria una "venta" entre las partes. El término "vendido" significa que se ha producido una transferencia del título de propiedad de una parte a otra a cambio de una contraprestación. También se tiene en cuenta la relación entre compradores y vendedores vinculados, que no debe influir en el precio realmente pagado por el producto importado.  Además, el precio pagado o pagadero por el producto debe existir en el momento de la exportación a Estados Unidos.

 

El valor de transacción puede no ser la base para la tasación de productos frescos porque la mercancía se entrega en EE.UU. antes de que se complete una venta.  Las importaciones que ocurren antes de la venta se hacen comúnmente en consignación.  Dado que no hay venta para la exportación, el valor de transacción no es aplicable.

 

El valor de transacción de mercancías idénticas o similares es la siguiente base de valoración. El valor de transacción de la mercancía idéntica o similar se basa en las ventas, al mismo nivel comercial de la mercancía exportada a los EE.UU. "en o alrededor de" el mismo momento que el bien que se está valorando. Si no se encuentran tales ventas, se utilizarán las ventas de mercancías idénticas o similares a un nivel comercial diferente o en cantidades diferentes, pero ajustadas para tener en cuenta cualquier diferencia

 

La aduana estadounidense determinó que la palabra "at" significaba exportado el mismo día, y "about" significaba "una semana, es decir, siete días naturales, antes o después de la fecha de exportación de la mercancía objeto de valoración, es decir, un total de catorce días".

 

El valor deductivo es la siguiente base de tasación, a menos que el importador haya solicitado la inversión del valor deductivo y del valor computado. El valor deductivo es el precio obtenido por el producto fresco cuando se vende en EE.UU., menos la comisión del importador o el beneficio habitual y los gastos generales, el flete internacional y nacional y el seguro, las comisiones de corretaje y los derechos, impuestos y tasas de uso.  Se basa en los precios de los productos derivados de las ventas del importador tras la importación a personas no vinculadas.

 

El valor computado se determina por la suma de: 1) materiales, fabricación y otros procesos utilizados en la producción de la mercancía importada; 2) beneficio y gastos generales; 3) cualquier ayuda, no incluida ya; y 4) gastos de embalaje.  Cuando se dispone de datos, como puede ser el caso cuando el productor está vinculado al comprador, puede utilizarse el valor calculado como método adecuado de tasación. Sin embargo, por lo general, la relación entre el importador y el exportador no vinculados es tal que no se tiene acceso a los datos necesarios, por lo que el valor calculado no suele utilizarse como método de valoración.

 

El método Fallback puede utilizarse para la valoración de productos importados. Por ejemplo, las listas de información de precios diarias y semanales emitidas por el Servicio de Comercialización Agrícola (AMS) del USDA pueden utilizarse como base de valoración para los productos consignados según el método Fallback.

 

El CBP se negó a aceptar un valor para los artículos perecederos que se determinó sobre la base de un promedio de los precios de las cuatro semanas anteriores de los productos importados vendidos en los EE.UU., menos un porcentaje para el margen bruto y el transporte internacional. En el pasado, las aduanas estadounidenses consideraban razonable tasar los productos frescos basándose en los precios del Wholesale Produce Report. CBP puede considerar los registros contables del importador al tasar los productos frescos consignados sobre la base del método Fallback.

 

Conciliación: El CBP anima encarecidamente a los importadores de productos frescos que puedan estar confiando en cualquier método de tasación distinto del valor de transacción a que utilicen el Programa Prototipo de Conciliación en el Entorno Comercial Automatizado (ACE). Al marcar el valor en el momento de la entrada y actualizarlo posteriormente al presentar la conciliación, se recuerda a los importadores que el valor declarado en el momento de la entrada no puede ser arbitrario, sino que debe cumplir por sí mismo la norma de diligencia razonable.

 

Si el método del valor de transacción no es aplicable, el importador debe actuar con diligencia razonable al tasar la mercancía según los métodos alternativos de tasación. Por ejemplo, si el importador de la mercancía tiene acceso a los costes de producción del cultivador, debe determinar si puede declarar el valor computado antes de pasar a la valoración alternativa. A veces, el importador está relacionado con el productor, lo que significa que los elementos del valor calculado estarán a disposición del importador, aunque en la mayoría de los casos no es así. Si, en el momento de la entrada, un importador valora la mercancía basándose en el método alternativo, el importador debe documentar los hechos justificativos y poner dicha documentación a disposición del CBP cuando éste lo solicite.

 

Por favor contáctenos al siguiente correo electrónico si tiene alguna pregunta: Compliance@rljones.com

 

Sinceramente,

 

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